Mendoza 3 de Noviembre del 2020
VISTO:
La presentación realizada el dia 02 de Noviembre por un grupo de afiliados al Partido Justicialista en la que solicitan la suspensión y prorroga del plazo de vencimiento de presentación de listas de cargos partidarios hasta tanto se emita resolución de la Junta Electoral, por la cual informan y notifiquen en forma oficial cuáles son los valores monetarios de los formularios de las listas y avales, forma o lugar donde deben ser adquiridos y/o solicitados para cumplir con las exigencias de las resoluciones 08 y 09/2020 del Consejo Provincial del Paritdo Justicialista.
Fundan su pedido en lo siguiente:
• Denuncian “encontrarse en una situación arbitraria por parte de las autoridades del Partido, experimentando una grave desigualdad respecto a la Lista oficial, toda vez que aún no podemos contar ni con los formularios oficiales de la lista de candidatos, ni de los formularios oficiales de los avales”
• Que se consideran en una “situación de desventaja respecto a la Lista oficialista, atento a que los representantes de esta última ya están consiguiendo sus avales en forma privilegiada, contando con pruebas al respecto, donde están haciendo circular un comunicado interno solicitando avales en un formato digital y con solo una fotografía del DNI (ambos lados) sería acreditado en forma suficiente, no contando el resto de afiliados/as con esta información respecto a esta metodología no oficializada por Uds., provocando una suerte de discriminación o desigualdad de trato.
• Que “varios compañeros y compañeras se han encontrado con formularios de avales no oficiales y que difieren los formatos, poniendo en duda y riesgo la legitimidad del mismo, por carecer de una norma interna (resolución) que garantice la validez de dicho formulario”.
• Que “la falta de normativa al respecto provoca inseguridad jurídica electoral, y de esta forma tal omisión va en contra de las garantías constitucionales que se deben cumplir y respetar a la hora de ejercer los derechos políticos en el marco de un Estado de Derecho”.
CONSIDERANDO :
Que existe suficiente tiempo “material” para dar cumplimiento al Anexo II de la Resolución 08/2020 del Consejo Provincial del Partido Justicialista, el que dispone el dia 9 de noviembre del 2020 para presentar las listas partidarias. Situación que dada la modalidad de presentación en forma remota, otorga la posibilidad de lograr el cumplimiento de la misma en forma eficaz y eficiente.
Que esta Honorable Junta Electoral, ha dispuesto en tiempo y forma la determinación de los valores para acceder a las listas provinciales departamentales, como del procedimiento a seguir en las presentaciones que se realicen; en especial la Resolución 03 de este mismo
cuerpo.
Que asimismo e independientemente de lo que esta Junta establezca, el artículo 11, inciso a) del Reglamento Electoral dictado según Resolución N° 09/2020 del Consejo Partidario establece los requisitos que debe cumplir la documentación a presentar ante esta organismo como marco normativo y referencial a las inquietudes presentadas.
Que dichas circunstancias puede obtener todo afiliado interesado comunicándose con el Secretario Administrativo de la Junta Electoral, José Luis Parody al correo juntaelectoral.pjmendoza@gmail.com, o al celular: 261- 300- 7977, tal como se encuentra publicado en la página del Partido Justicialista Distrito Mendoza https://pjmendoza.org/.-
Que al día de la fecha no existe presentación de ninguna lista, desconociendo por tanto la referencia a la presentación de “Lista oficialista” como menciona la nota de marras.
Que esta Honorable Junta desconoce cualquier procedimiento para conseguir avales que no sean los oficializados por ella misma y por tanto no puede hacerse responsable de formularios de avales no oficiales
Que los únicos formularios habilitados son los autorizados por este cuerpo
Independientemente de lo expuesto, no se advierte un derecho subjetivo electoral afectado por los presentantes, puesto que lo han realizado a título personal como afiliados al Partido Justicialista y no como integrantes de una Lista (ya sea provincial o departamental) que aspire a presentarse en las elecciones del 20 de Diciembre de 2020.
Que los derechos electorales individuales de los afiliados al Partido Justicialista, están debidamente protegidos por la Constitución Nacional, Ley de Partidos Políticos, Carta Orgánica y Reglamento Electoral.
Así las cosas, esta Honorable Junta Electoral no visualiza la situación de desventaja denunciada, que atente a los derechos electorales de quien pretenda presentarse a las elecciones convocadas.
Se deja constancia que la presente se dicta de acuerdo al Protocolo de funcionamiento remoto o a distancia mediante la utilización de plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de video y audio, conforme a lo previsto en la Resolución N°02/2020 de la Mesa Ejecutiva del Partido Justicialista Mendoza y la Acordada Nº 51/20 de la Cámara Nacional Electoral, lo que torna innecesaria su firma.
A tales efectos se reúnen para tal acto, están presentes los siguientes miembros de la Junta Electoral: Liliana Paponet, Leonardo Comparatore, Gabriela Bazán, María Gracia Martínez Pro, Omar Benegas, Julio Cisterna, y Carlos Blanco, cuya presencia constituyen suficiente quorum para sesionar, deliberar y resolver. Los que luego de una libre deliberación e intercambio de ideas los miembros presentes de la Junta proceden a la votación, la que arrojo el siguiente resultado:
Liliana Paponet a favor del rechazo
Leonardo Comparatore a favor del rechazo
Gabriela Bazán a favor del rechazo
María Gracia Martínez Pro a favor del rechazo
Julio Cisterna a favor del rechazo
Carlos Blanco a favor del rechazo
Sin más temas que tratar, se da por finalizado el acto, el que previa lectura y ratificación asienten los comparecientes según el Protocolo de funcionamiento remoto o a distancia referenciado.
Por ello y en uso de sus facultades;
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
Art. 1º.- Desestimar la presentación realizada el dia 02 de Noviembre de 2020, el dia 02 de Noviembre por un grupo de afiliados al Partido Justicialista en la que solicitan la suspensión y prorroga del plazo de vencimiento de presentación de listas de cargos partidarios hasta tanto se emita resolución de la Junta Electoral, por la cual informan y notifiquen en forma oficial cuáles son los valores monetarios de los formularios de las listas y avales, forma o lugar donde deben ser adquiridos y/o solicitados para cumplir con las exigencias de las resoluciones 08 y 09/2020 del Consejo Provincial del Partido Justicialista por las razones vertidas en los considerandos a los que se remitan en honor a la brevedad.
Art. 2º.- Dese a publicidad que la presente resolución la que ha sido dictada y suscripta conforme al Protocolo de funcionamiento remoto o a distancia mediante la utilización de plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de video y audio, conforme a lo previsto en la Resolución N°02/2020 de la Mesa Ejecutiva del Partido Justicialista Mendoza y la Acordada Nº 51/20 de la Cámara Nacional Electoral, lo que torna innecesaria su firma
Art. 3.- DE FORMA.