RESOLUCION Nº 13 /2020 Junta Electoral
VISTO:
La Resolución Nº 08/2020 del Consejo Provincial del Partido Justicialista de Mendoza, especialmente lo establecido en Anexo II Cronograma Electoral;
La Resolución Nº 09/2020 del Consejo Provincial del Partido Justicialista de Mendoza, la cual aprueba el Reglamento Electoral, en especial el artículo 5 que establece que es la Junta Electoral la que proveerá “los formularios oficiales de presentación de listas de candidatos y los padrones en forma digital y remota, con cargo a quienes lo soliciten a través del procedimiento que determinará por Resolución”
A la vez dicho reglamento en su art. 11 que establece los requisitos indispensables que deben cumplir las distintas listas que pretendan competir en las elecciones internas, tanto a nivel Provincial como Departamental;
La Resolución de esta Junta Electoral Nº 3/2020 que establece el procedimiento que deben cumplir las distintas listas para poder efectuar la adquisición de los formularios y presentación de listas mediante el procedimiento de carga online.-
CONSIDERANDO :
Que el Cronograma Electoral aprobado por el Consejo Partidario establece que el día 11 de noviembre de 8 hs a 20 hs se deben exhibir las listas presentadas ante esta Junta Electoral.-
Que la resolución Nº 3/2020 en su artículo 1 establece el procedimiento para poder adquirir los formularios oficiales.-
Que además en dicha resolución se establecieron la cantidad de avales necesarios para las listas y la cantidad de Congresales Departamentales que deben elegirse en el presente proceso electora.-
Que el Art. 11 del Reglamento dispone:
Art. 11.- Para que la Junta Electoral proceda a la recepción de la respectiva lista, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos:
- Deberá ser presentada por la persona validada apoderada, bajo declaración jurada de veracidad, mediante la cuenta de mail validada, en formato digital a través de los formularios oficiales con la denominación de la lista, los datos de los candidatos y la firma de aceptación del cargo en los formularios individuales, debiendo insertarse la firma en forma ológrafa en el documento original que se presentará escaneado en documento digital con formato PDF. El apoderado deberá conservar la documentación original, disponible para el caso que fuera requerida por la Junta Electoral.
- Cada candidato acompañará copia escaneada del documento nacional de identidad en un solo archivo con formato PDF; en el caso de cambio de domicilio deberán además acompañar certificado de residencia emitido por la autoridad competente donde conste el domicilio actual. Para el caso de extravío deberá acompañar escaneada constancia de documento nacional de identidad en trámite, más fotocopia de cédula de identidad nacional o provincial y/o pasaporte o partida de nacimiento, en un plazo perentorio e improrrogable de 48 hrs. de la presentación de las listas, bajo sanción de no oficialización de las mismas.
- Lista de la totalidad de candidatos para los cargos partidarios titulares y suplentes a elegirse, conforme al formato y formularios digitales exigidos por la Junta Electoral, y enviados en forma electrónica mediante el formulario oficial a la dirección de mail que determine la Junta Electoral. La lista provincial, para ser aceptada como tal, deberá presentar candidatos partidarios en dieciséis (16) departamentos de la provincia de Mendoza.
- Cada lista de candidatos departamentales deberá acompañar el aval de afiliados con domicilio en el departamento en un número no inferior al tres por ciento (3%) del total de los afiliados de dicho departamento, acompañando cada aval de acuerdo a lo exigido en el inciso b) del presente artículo y en forma digital en planilla Excel cargada en el formulario oficial. Ningún afiliado podrá avalar más de una lista. En caso de avalar más de una, su aval se considerará inexistente para las listas avaladas, pudiendo subsanar tal situación en un plazo de veinticuatro (24) horas. La Junta Electoral podrá determinar requisitos o mecanismos que permitan la validación de identidad del firmante.
- En la integración de mujeres, jóvenes u otros sectores, las listas que se presenten deberán cumplir con lo establecido en la carta orgánica. Los requisitos enunciados en a), c) y d) serán bajo sanción de inadmisibilidad, cuya consecuencia será el rechazo in límine de la lista por parte de la Junta Electoral. Las listas de candidatos al Consejo Provincial de Juventud y/o Departamental de Juventud, deberán formar parte de las listas presentadas para el Consejo Provincial y/o Departamental, a fin de cumplir lo establecido en el inc. c); bajo sanción de inadmisibilidad y/o no oficialización de la lista respectiva.
Es decir que, en esta instancia, la Junta Electoral debe realizar una evaluación, a prima facie del cumplimiento de los requisitos establecidos en los instrumentos normativos antes mencionados a fin de proceder a la exhibición de las listas.
Se aclara que este primer análisis se realiza solo respecto a los requisitos de presentación, sin perjuicio de la verificación exhaustiva que se hará respecto a la totalidad de exigencias dispuestas en el art. 11 del Reglamento, lo que se resolverá al momento de la oficialización.-
Que previo a realizar esa evaluación, se deben realizar algunas precisiones, en primer lugar, cuando el inciso 5 del Art. 11 refiere a los “requisitos enunciados en a), c) y d)” debe interpretarse como 1), 3 y 4).-
En sengundo lugar, las listas que adquirieron los formularios y validación para poder cargar la lista Provincial, para poder cumplir con dicha carga y así sostener las listas presentadas en al menos 16 departamentos, tenía que necesariamente presentar una lista Provincial que operase como marco de todas las Departamentales.-
Llegado el caso que no se cumpliera con ese requisito, se caerían todas las listas departamentales presentadas.-
Este requisito, claramente fue advertido por la Lista Gesta Justicialista, la que, previendo la posibilidad de no poder presentar una Lista Provincial, procedió a adquirir los formularios y la validación para presentar listas departamentales, tal situación se realizó con respecto a los Departamentos de Junín, Las Heras, Rivadavia, Tupungato, Santa Rosa y Godoy Cruz.
Aclarando que respecto a Santa Rosa y Godoy Cruz el apoderado de la misma no presentó candidatos o candidatas.-
Que al momento del cierre, según sistema, solamente ingresó una lista Provincial con presentación en de candidatos y candidatas Provinciales y para los 18 Consejos Departamentales.-
A la vez, también se presentaron listas departamentales las cuales serán analizadas cada una en particular a continuación.-
- Lista Provincial:
- Ser Mejores
La lista denominada Ser Mejores, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga de la totalidad de los departamentos y de la lista Provincial la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista como presentada en el órden Provincial, con más las distintas listas que presentaron para la totalidad de los Consejo Departamentales.-
- Listas Departamentales
Al efecto de que la presente resolución sea clara, solamente vamos a expedirnos respecto de las listas que solo presentaron candidatos Departamentales, ya que las listas departamentales que acompañan a la lista Provincial Ser Mejores ya fueron tratadas en el punto 1.-
- Guaymallén
- Renacer Justicialista
La lista denominada Renacer Justicialista, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Gesta Justicialista (Guaymallén)
Con respecto a esta lista en particular si bien los candidatos se repetían en otra lista de nombre similar, en el día de la fecha presentaron la renuncia a la misma manifestando su voluntad de formar parte de la lista departamental de referencia.-
Realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Gesta Justicialista
Que, en el día de la fecha se recibieron las renuncias de los candidatos y candidatas a cubrir los cargos del consejo departamental, quedando la lista incompleta, por lo que no se debe exhibir la lista presentada (Art. 11 inc 3).-
- Las Heras
- Gesta Justicialista
La lista denominada Gesta Justicialista, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Lavalle
- Gesta Justicialista
La presente lista no adquirió los formularios mediante el procedimiento dispuesto en la resolución Nº 3/2020, a la vez que no aparecen avales cargados con su consiguiente DNI, de acuerdo a la plataforma establecida, por lo que no se debe exhibir la lista presentada (Art. 11 inc. 4).-
- Lujan de Cuyo
- Unidos PJ Luján
La lista denominada Unidos PJ Luján, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Junín
- Gesta Justicialista
La lista denominada Gesta Justicialista, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Maipú
- Gesta Justicialista
La presente lista no adquirió los formularios mediante el procedimiento dispuesto en la resolución Nº 3/2020, a la vez que no aparecen avales cargados con su consiguiente DNI, de acuerdo a la plataforma establecida, por lo que no se debe exhibir la lista presentada (Art. 11 inc. 4).-
- Malargüe
- Lealtad Peronista Malargüe
La lista denominada Lealtad Peronista Malargüe, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Rivadavia
- Gesta Justicialista
La lista denominada Gesta Justicialista, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- San Martín
- Militancia en Acción
La lista denominada Militancia en Acción, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Unidos Triunfaremos
La lista denominada Unidos Triunfaremos, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Gesta Justicialista
La presente lista no adquirió los formularios mediante el procedimiento dispuesto en la resolución Nº 3/2020, a la vez que no aparecen avales cargados con su consiguiente DNI, de acuerdo a la plataforma establecida, por lo que no se debe exhibir la lista presentada (Art. 11 inc. 4).-
- Tunuyan
- Gesta Justicialista
La presente lista no adquirió los formularios mediante el procedimiento dispuesto en la resolución Nº 3/2020, a la vez que no aparecen avales cargados con su consiguiente DNI, de acuerdo a la plataforma establecida, por lo que no se debe exhibir la lista presentada (Art. 11 inc. 4).-
- Tupungato
- Gesta Justicialista
La lista denominada Gesta Justicialista, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
- Volver a Crecer
La lista denominada Volver a Crecer, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
11. General Alvear
- Leatad Alvearense
La lista denominada Lealtad Alvearense, realizó la carga presentando candidatos y candidatas en la totalidad de los cargos, se encontraba la constancia de adquisición de los formularios.-
La presentación de esta lista la efectuó el apoderado, quien oportuntamente cumplió con lo dispuesto por la resolución 3/2020 de esta Junta Electoral.-
La carga la realizó mediante el sistema dispuesto por esta junta en la página del Partido Justicialista https://pjmendoza.org/.-
En consecuencia, se debe exhibir la presente lista.-
Por lo que, se somete a votación
Se deja constancia que la presente se dicta de acuerdo al Protocolo de funcionamiento remoto o a distancia mediante la utilización de plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de video y audio, conforme a lo previsto en la Resolución N°02/2020 de la Mesa Ejecutiva del Partido Justicialista Mendoza y la Acordada Nº 51/20 de la Cámara Nacional Electoral, lo que torna innecesaria su firma. A tales efectos se reúnen para tal acto, están presentes los siguientes miembros de la Junta Electoral: Leonardo Comparatore, Gabriel Murgana, Gabriela Bazán, María Gracia Martínez Pro, Julio Cisterna, y Carlos Blanco, cuya presencia constituyen suficiente quorum para sesionar, deliberar y resolver. Los que luego de una libre deliberación e
intercambio de ideas los miembros presentes de la Junta proceden a la votación, la que arrojo el siguiente resultado:
Leonardo Comparatore a favor
Gabriela Bazán a favor
María Gracia Martínez Pro a favor
Gabriel Murgana a favor
Carlos Blanco a favor
Julio Cisterna a favor
Sin más temas que tratar, se da por finalizado el acto, el que previa lectura y ratificación asienten los comparecientes según el Protocolo de funcionamiento remoto o a distancia referenciado.
Por ello y en uso de sus facultades;
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
Art. 1º.- Atento al cumplimiento de los requisitos para su recepción, se tiene por presentada la lista Provincial Ser Mejores y en consecuencia se ordena su exhibición conjuntamente con la totalidad de las listas departamentales que integran la misma, en virtud de los argumentos esbozados en los considerandos.-
Art. 2º.- Atento al cumplimiento de los requisitos para su recepción, se tienen por presentadas y en consecuencia se ordena la exhibición de las siguientes listas departamentales en virtud de los argumentos esbozados en los considerandos:
- Guaymallén:
- Gesta Justicialista (Guaymallén)
- Renacer Justicialista
- Las Heras:
- Gesta Justicialista
- Luján de Cuyo:
- Unidos PJ Luján
- Junin:
- Gesta Justicialista
- Rivadavia:
- Gesta Justicialista
- Malargüe:
- Lealtad Peronista Malargüe
- San Martín:
- Militancia en Acción
- Unidos Triunfaremos
- Tupungato:
- Volver a Crecer
- General Alvear:
- Lealtad Alvearense
- Tupungato:
- Gesta Justicialista
Art. 3.- Por no haber cumplido los requisitos para su recepción, se las tiene por no presentadas y en consecuencia se ordena No exhibir as siguientes listas:en virtud los fundamentos manifestados en los considerandos:
- Guaymallén:
- Gesta Justicialista
- Lavalle:
- Gesta Justicialista
- Maipú:
- Gesta Justicialista
- San Martín:
- Gesta Justicialista
- Tunuyán:
- Gesta Justicialista
Art. 4.- DE FORMA.