RESOLUCIÓN Nro. 02/2022 JUNTA ELECTORAL
PARTIDO JUSTICIALISTA DISTRITO MENDOZA | JUNTA ELECTORAL 2022 San Lorenzo 459 – Ciudad de Mendoza Teléfono 4295492 – 4201639 |
Mendoza 20 de Octubre del 2022
RESOLUCIÓN Nro. 02/2022 JUNTA ELECTORAL
VISTO:
La Resolución no. 01/2022 de esta Honorable Junta Electoral del Partido Justicialista de Mendoza, especialmente lo establecido en Anexo I Cronograma Electoral;
La Resolución no. 11/2022 del Consejo Provincial del Partido Justicialista de Mendoza, mediante la cual se realiza la convocatoria a elecciones para el día 11 de diciembre de 2022;
La Resolución no. 12/2022 del Consejo Provincial del Partido Justicialista de Mendoza la cual aprueba el Reglamento Electoral que en su art. 5 establece que “La Junta Electoral Partidaria proveerá los formularios oficiales de presentación de listas de candidatos y los padrones en forma digital y remota, con cargo a quienes lo soliciten a través del procedimiento que determinará por Resolución”,
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia resulta necesario dictar una resolución en la cual se establezca el procedimiento necesario para la obtención de los formularios correspondientes a las listas a presentar. –
Que por otro lado, también se entiende oportuno con el objeto de brindar claridad a los compañeros y compañeras, publicar cual es la cantidad necesaria de avales por departamento y por el total provincial, como así también la cantidad de congresales departamentales que se renuevan en la presente elección. –
Por ello y en uso de sus facultades
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
Art. 1º.- APRUEBESÉ los formularios de presentación de candidaturas, aceptación de cargos y avales.
Para adquirir los mismos y efectuar consultas por dudas respecto a la carga de información o a cualquier otra eventualidad los interesados podrán comunicarse con el Secretario Administrativo de la Junta Electoral, Sr. José Luis Parody, en el domicilio: San Lorenzo 459 Cdad. Mendoza, en horario de 8.30hs a 13hs de Lunes a Viernes, salvo los días que el Cronograma Electoral así lo indique. –
Art. 2º.- Se informa que la cantidad de avales necesaria, por departamento y por el total provincial es la siguiente a saber:
- Avales por el departamento Capital 106 (ciento seis).
- Avales por el departamento Guaymallén 273 (doscientos setenta y tres)
- Avales por el departamento Las Heras 263 (doscientos sesenta y tres)
- Avales por el departamento Lavalle 49 (cuarenta y nueve)
- Avales por el departamento Maipú 182 (ciento ochenta y dos)
- Avales por el departamento San Martín 182 (ciento ochenta y dos)
- Avales por el departamento Junín 58 (cincuenta y ocho)
- Avales por el departamento Rivadavia 71 (setenta y uno)
- Avales por el departamento Santa Rosa 28 (veintiocho)
- Avales por el departamento La Paz 18 (dieciocho)
- Avales por el departamento Godoy Cruz 189 (ciento ochenta y nueve)
- Avales por el departamento Luján de Cuyo 128 (ciento veinte y ocho)
- Avales por el departamento Tupungato 31 (treinta y uno)
- Avales por el departamento Tunuyán 89 (ochenta y nueve)
- Avales por el departamento San Carlos 46 (cuarenta y seis)
- Avales por el departamento San Rafael 240 (doscientos cuarenta)
- Avales por el Departamento Gral. Alvear 63 (sesenta y tres)
- Avales por el departamento Malargüe 44 (cuarenta y cuatro)
Total, provincial de avales 2.060 (dos mil sesenta)
Art. 3.- Se informa que la cantidad de Congresales Departamentales a elegir en el presente proceso electoral es el siguiente:
- Congresales por el departamento Capital 5 (cinco).
- Congresales por el departamento Guaymallén 13 (trece)
- Congresales por el departamento Las Heras 9 (nueve)
- Congresales por el departamento Lavalle 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Maipú 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento San Martín 10 (diez)
- Congresales por el departamento Junín 3 (tres)
- Congresales por el departamento Rivadavia 2 (dos)
- Congresales por el departamento Santa Rosa 3 (tres)
- Congresales por el departamento La Paz 2 (dos)
- Congresales por el departamento Godoy Cruz 6 (seis)
- Congresales por el departamento Luján de Cuyo 5 (cinco)
- Congresales por el departamento Tupungato 3 (tres)
- Congresales por el departamento Tunuyán 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento San Carlos 3 (tres)
- Congresales por el departamento San Rafael 8 (ocho)
- Congresales por el departamento Gral. Alvear 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Malargüe 3 (tres)
Art. 4.- APRUEBESE que toda la documentación en digital será recibida por la Junta al mail: juntaelectoral.pjmendoza@gmail.com
Art. 5.- Se informa que la documentación original, exactamente igual a la presentada digitalmente, deberá ser acompañada firmada originalmente en formato papel a esta Junta, el día Martes 1 de noviembre de 10hs a 16hs, para dar cumplimiento, bajo pena de tener por no presentada la lista. Se deberá presentar: Comprobante de adquisición de formularios de lista; Formularios de lista; Aceptación de cargos; DNI (frente y dorso) de los/as candidatos/as; Planillas de avales; DNI (frente y dorso) de avales. –
Art. 6.- Para el caso de los Congresales de Guaymallén y San Martín, se elegirán la totalidad de los mismos que le corresponde a cada departamento, y en el primer Congreso Partidario se determinará la duración de los mandatos de estos, todo para dar estricto cumplimiento a nuestra Carta Orgánica. –
Publíquese la presente resolución de conformidad a lo establecido en el Reglamento Electoral. –
Art. 7.- DE FORMA.
Maradona Alejandra Marcela Fadel Patricia Susana
Vicepresidente Presidente
Malinar Maria Gabriela Santoni Emanuel Rinaldo
Secretario Secretario
Bazán Gabriela Valentina Loyala Juan Cruz Verzini Juan Pablo
Vocal Vocal Vocal
Cano Agostina Fernanda Sisti Luciano
Vocal Vocal