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RESOLUCION 01/2023

Partido Justicialista de Mendoza

RESOLUCION 01/2023

Mendoza, 14 de abril de 2023.

Visto:

El Acta Constitutiva del Frente “ELEGÍ MENDOZA”, suscripta por sus integrantes para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 11/06/2023, y generales del 24/09/2023 en las cuales se elegirán precandidatos/as y candidatos/as a gobernador/a, senadores y diputados/as provinciales Intendente/a y concejales en los departamentos de Ciudad De Mendoza, Guaymallén, Las Heras, Junín, Rivadavia, General San Martín, Godoy Cruz, Luján De Cuyo, Tupungato, General Alvear y Malargüe; y

Considerando:

Que en dicho instrumento se designan los integrantes de la Junta Electoral del Frente con facultades para dirigir, controlar, regular y encaminar los procesos electorales, de conformidad a las Actas Constitutivas, Reglamento Electoral, y legislación electoral vigente;

Que en primer lugar resulta necesario proceder a elección de sus autoridades, a saber Presidente, Vicepresidente y Secretario y determinar los actos necesarios para el normal desarrollo de los referidos procesos electorales;

También, de acuerdo a la normativa vigente resulta necesario determinar el número de avales que se requiere para poder presentar las listas en los distintos municipios y en la provincia.

A la vez, en virtud de lo dispuesto en la cláusula novena del acta constitutiva, también resulta necesario aclarar la cláusula número 13 inc. c. referida a los requisitos formales de presentación que deben cumplir las listas internas.

Que la normativa electoral vigente define las competencias de las Juntas Electorales de las Agrupaciones Políticas;

Por ello:

LA JUNTA ELECTORAL del Frente “ELEGÍ MENDOZA”

RESUELVE:

  1. Queda constituida la Junta Electoral de los Frentes “ELEGÍ MENDOZA”:

Presidente: Carlos Blanco DNI N° 31.286.423

Vicepresidente: Maradona Alejandra Marcela DNI N° 21.809.005

Secretarios: Germán Herrera DNI N° 31.028.

Vocales: Martín Emmanuel González D.N.I. 34.625.275, Lucas Adriel Arcangeleti, D.N.I. 35.925.044, Pablo Alcaraz, D.N.I. 38.207.874 Mario David Gaibazzi, D.N.I. 28.530.197, Lucas Ramiro Matar, D.N.I. 39.021.970, Norma Gabriela Segovia, D.N.I. 20.357.602, Matías Nicolás Musso, D.N.I. 27.984.098, Micaela Guidarelli, D.N.I. 35.184.078, Daniel Edgardo Galdeano, D.N.I. 16.902.802 y Andrea Eliana Dallosta, D.N.I. 24.057.351

  1. Desígnense como secretario administrativo a José Luis Parody D.N.I. Nº 12.794.827
  2. La Junta Electoral tiene su domicilio en calle San Lorenzo 459 de la Ciudad de Mendoza y su horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 15 hs. para el día sábado 15 de abril de 2023, el horario de atención será de 10 a 13 hs. y, pudiendo habilitar días y horarios conforme a las necesidades

Conforme lo establecido en el reglamentos electoral del FRENTE toda la documentación en soporte digital deberá presentarse antes de la finalización del plazo establecido en el cronograma electoral como así también cualquier otro requerimiento, al mail juntaelectoral.pjmendoza@gmail.com, asimismo el soporte en papel se deberá presentar al día siguiente en la sede del Partido Justicialista en calle san Lorenzo 459 de ciudad de 9:00hs a 15:00hs para darle validez a dicha presentación.

  1. Apruébense los formularios de nómina de precandidatos/as, de aceptación de cargo, de declaración jurada y de  avales, los que serán entregados a requerimiento de los/las interesados/as, con respecto a las candidaturas a Gobernador/a, Legisladores/as, Intendentes/as y Concejales.
  2. Se informa que la cantidad de avales necesaria, por departamento, por distrito y por el total provincial es la siguiente a saber:
  1. Avales necesarios por el departamento de Capital 138
  2. Avales necesarios por el departamento de Guaymallén 342
  3. Avales necesarios por el departamento Lavalle 64
  4. Avales necesarios por el departamento de Las Heras 342
  5. Avales necesarios por el departamento de Junín 76
  6. Avales necesarios por el departamento de La Paz 24
  7. Avales necesarios por el departamento Maipú 237
  8. Avales necesarios por el departamento de Rivadavia 93
  9. Avales necesarios por el departamento de San Martín 237
  10. Avales necesarios por el departamento Santa Rosa 37
  11. Avales necesarios por el departamento Tupungato 41
  12. Avales necesarios por el departamento de Godoy Cruz 246
  13. Avales necesarios por el departamento de Luján de Cuyo 167
  14. Avales necesarios por el departamento San Carlos 60
  15. Avales necesarios por el departamento Tunuyán116
  16. Avales necesarios por el departamento de General Alvear 58
  17. Avales necesarios por el departamento de Malargüe 82
  18. Avales necesarios por el departamento San Rafael 312

Para el caso de la presentación de la lista Provincial, los avales necesarios para presentar la lista será de 2685

  1. Los formularios descriptos en el artículo 4º de la presente, más el padrón de afiliados serán entregados por la Junta Electoral Provincial en soporte magnético, el Reglamento Electoral y la plataforma política del Partido Justicialista, serán facilitados en una sola copia, a aquellas personas que lo soliciten por escrito, dejando constancia de su nombre completo, documento nacional de identidad, correo electrónico y domicilio declarando la intención de participar en el proceso electoral.
  2. Adjúntese a esta Resolución como Anexos II y III, el Reglamento Electoral y la Plataforma Política, como marcos normativos que regulará el proceso electoral convocado para los días 11 de Junio de 2023 y 24 de septiembre de 2.023, y a los cuales deberán ajustarse todas las listas de precandidatos y candidatos, además de la normativa electoral vigente aplicable a las elecciones de referencia.
  3. Modifíquese la cláusula 13 inc. c del Reglamento Electoral la que quedará redactada de la siguiente manera:

“Para la presentación de lista de precandidato a Intendente/a deberá presentarse también lista completa de precandidatos/as a concejales. Para la presentación de listas de las secciones electorales, deberá presentarse también lista completa para Gobernador/a – Vicegobernador/a. Para la presentación de listas de Gobernador y Vicegobernador deberá presentarse la totalidad de listas completas de precandidatos a legisladores de todos los distritos y de precandidatos a Intendentes y concejales de los once (11) municipios que unificaron las elecciones con la Provincia

A los efectos de dar cumplimiento a lo determinado en el párrafo anterior no se considerarán las adhesiones de boletas que no sean parte de la misma lista.

El incumplimiento de lo exigido en el presente artículo, es bajo apercibimiento de inadmisibilidad de la presentación de lista que se pretende.”

  1. Salvo disposición expresa en contrario todas las resoluciones de la Junta Electoral del Frente “ELEGÍ MENDOZA” se tendrán por notificadas para todos los apoderados, responsables económicos financieros, precandidatos, candidatos y demás interesados en los procesos electorales de referencia, mediante la exhibición de la resolución en lugar visible y de libre acceso en el sitio web. www.pjmendoza.org
  2. Se constituye domicilio electrónico de esta Junta Electoral del Frente “ELEGÍ MENDOZA” en el correspondiente a la matrícula de su presidente, Carlos Gabriel Blanco, Mat. Prov. 8087 solicitando a la Justicia Electoral Provincial se autorice a recibir las notificaciones electrónicas correspondientes.
  3. Remítase copia de la presente Resolución a la Junta Electoral Provincial.
  4. Notifíquese la presente Resolución a todos los interesados mediante su publicación en sitio web, www.pjmendoza.org archívese por Secretaría Administrativa.

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