RESOLUCION Nº 04 /24
Mendoza 17 de octubre 2024
RESOLUCION Nº 04 /24
VISTO:
Las elecciones internas convocadas para el 01 de diciembre de 2024.
CONSIDERANDO:
De acuerdo a lo establecido en la Carta Orgánica Partidaria en sus art. 46 y 47 respectivamente, los que determinan que la Junta Electoral tendrá a su cargo la dirección, control, escrutinio, juicio definitivo de las elecciones y la proclamación de los electos, y que funcionará desde la convocatorio a elecciones internas.
Que de acuerdo al padrón notificado por la Secretaría Electoral Juzgado Federal nº 1 de Mendoza en fecha 14/10/2024, el que se encuentra además exhibido desde el 15/10/2024, corresponde determinar avales y congresales según el mismo.
Que de acuerdo al Reglamento Electoral y el Cronograma Electoral corresponde determinar la cantidad de avales necesarios de afiliados con domicilio en el departamento, equivalente al 3% de afiliados del departamento, y además el número de congresales por departamento
Por ello:
LA JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL PARTIDARIA
RESUELVE
Art. 1º.- Se informa que la cantidad de avales necesaria, por departamento y por el total provincial es la siguiente a saber:
- Avales por el departamento Capital 91 (noventa y uno)
- Avales por el departamento Guaymallén 257 (doscientos cincuenta y siete)
- Avales por el departamento Las Heras 255 (doscientos cincuenta y cinco)
- Avales por el departamento Lavalle 46 (cuarenta y seis)
- Avales por el departamento Maipú 183 (ciento ochenta y tres)
- Avales por el departamento San Martín 172 (ciento setenta y dos)
- Avales por el departamento Junín 56 (cincuenta y seis)
- Avales por el departamento Rivadavia 61 (sesenta y siete)
- Avales por el departamento Santa Rosa 31 (treinta y uno)
- Avales por el departamento La Paz 17 (diecisiete)
- Avales por el departamento Godoy Cruz 179 (ciento setenta y nueve)
- Avales por el departamento Luján de Cuyo 125 (ciento veinticinco)
- Avales por el departamento Tupungato 32 (treinta y dos)
- Avales por el departamento Tunuyán 83 (ochenta y tres)
- Avales por el departamento San Carlos 43 (cuarenta y tres)
- Avales por el departamento San Rafael 236 (doscientos treinta y seis)
- Avales por el Departamento Gral. Alvear 60 (sesenta)
- Avales por el departamento Malargüe 43 (cuarenta y tres)
Total, provincial de avales 1970 (mil novecientos setenta)
Art. 2.- Se informa que la cantidad de Congresales Departamentales a elegir en el presente proceso electoral es el siguiente:
- Congresales por el departamento Capital 2 (dos).
- Congresales por el departamento Guaymallén 5 (cinco)
- Congresales por el departamento Las Heras 3 (tres)
- Congresales por el departamento Lavalle 1 (uno)
- Congresales por el departamento Maipú 6 (seis)
- Congresales por el departamento San Martín 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Junín 3 (tres)
- Congresales por el departamento Rivadavia 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Santa Rosa 2 (dos)
- Congresales por el departamento La Paz 2 (dos)
- Congresales por el departamento Godoy Cruz 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Luján de Cuyo 3 (tres)
- Congresales por el departamento Tupungato 2 (dos)
- Congresales por el departamento Tunuyán 3 (tres)
- Congresales por el departamento San Carlos 2 (dos)
- Congresales por el departamento San Rafael 4 (cuatro)
- Congresales por el departamento Gral. Alvear 2 (dos)
- Congresales por el departamento Malargüe 2 (dos)
Art. 3.- Publíquese la presente resolución de conformidad a lo establecido en el Reglamento Electoral. –
Art. 4.- DE FORMA.