RESOLUCIÓN N.º 42/2025
VISTO:
Las elecciones convocadas para el 03 de AGOSTO de 2025.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del cronograma electoral y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento Electoral del Frente “Peronismo de Mendoza”, se ha recepcionado la documentación correspondiente a la Lista denominada “ENCUENTRO PERONISTA”, postulante a participar en las elecciones internas del día 3 de agosto de 2025, para la selección de candidatos/as a Diputados/as Nacionales por la Provincia de Mendoza.
Que la presentación ha sido realizada en soporte digital a través del correo electrónico oficial, acreditándose su envío con la respectiva constancia impresa y adjunta, incluyendo la siguiente documentación obligatoria: Formulario oficial de candidatos/as titulares y suplentes; Copia escaneada del Documento Nacional de Identidad de cada candidato/a; Formularios individuales de aceptación de cargo y declaraciones juradas; Planilla de avales en formato Excel, conforme al mínimo del 3% de afiliados del Frente.
Que, conforme a lo previsto en el Capítulo IV del Reglamento Electoral, dicha documentación se encuentra en proceso de revisión y control de legalidad por parte de esta Junta Electoral, quedando su oficialización sujeta a lo que oportunamente se resuelva.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 7 y 10 del Reglamento Electoral, corresponde ordenar la exhibición pública de la presentación efectuada.
LA JUNTA ELECTORAL DEL FRENTE
“PERONISMO DE MENDOZA”
RESUELVE:
Artículo 1°: Tener por presentada en tiempo y forma la Lista “ENCUENTRO PERONISTA”, para participar en las elecciones internas del 3 de agosto de 2025, conforme surge del Acta N.º 6 de fecha 12 de julio de 2025.
Artículo 2°: Dejar constancia de la recepción de la totalidad de la documentación exigida por el artículo 8 del Reglamento Electoral, remitida digitalmente por sus apoderados.
Artículo 3°: Ordenar la exhibición pública de la Lista “ENCUENTRO PERONISTA”, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Electoral.
Artículo 4°: Regístrese, notifíquese y publíquese en los medios oficiales del Frente.
Anexo. Exhibición Lista