RESOLUCIÓN N.º 59/2025
Los art. 60, 60 bis, y 61 del Código Electoral Nacional, los Decreto 335/2025 del P.E.N., la Ley N.º 23.298, la Ley N.º 26.571, la Ley N.º 27.783, y la Acordada N°26/2025 Cámara Nacional Electoral, Ley Electoral de la Provincia.
La alianza programática y electoral integrada por As. N° CNE 7112/2025: Alianza ‘Fuerza Justicialista Mendoza’ integrada por los siguientes partidos: ‘Partido Justicialista’ (N° 2), ‘Partido Intransigente’ (N° 6), ‘Partido Solidario’ (N° 66), ‘Nuevo Encuentro por la Democracia y la Equidad’ (N° 73), ‘Partido del Trabajo y del Pueblo’ (N° 74), ‘Movimiento Político, Social y Cultural Proyecto Sur’ (N° 188) y ‘Unidad Popular – Mendoza’ (N° 196), de conformidad con la ley nacional 23.298 a fin de concurrir a elecciones generales a realizarse el día 26 de octubre de 2025, con el objeto de presentar todos los candidatos/as a senadores/as y diputados/as provinciales para las cuatro secciones electorales y concejales municipales de los Departamentos de Capital, Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Godoy Cruz, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, San Rafael, General Alvear y Malargüe, para las elecciones generales.
El Cronograma Electoral y Reglamento Electoral del Frente para las Elecciones internas abiertas del día 10 de Agosto de 2025 y Elecciones provinciales y municipales del día 26 de Octubre de 2025 para los cargos de Senadores/as y Diputados/as de las cuatro secciones electorales; y Concejales Municipales de los Departamentos de Capital, Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Godoy Cruz, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, San Rafael, General Alvear y Malargüe
La convocatoria para el día domingo 10 de agosto de 2025 a elecciones internas abiertas a afiliados de los partidos integrantes del frente y ciudadanos independientes para la elección de candidatos/as a diputados/as nacionales por la Provincia de Mendoza en representación del Frente “Peronismo de Mendoza”.
La Resolución N.º 01/2025 esta Junta Electoral por la cual se declaró válidamente constituida conforme al Acta Constitutiva del Frente “Fuerza Patria”, aprobando además su Reglamento Electoral y la integración de las autoridades de la Junta, fijando como domicilio legal San Lorenzo 459 de la Ciudad de Mendoza, y como domicilio electrónico oficial fuerzapatria.mza@gmail.com.
La Resolución N.º 02/2025 mediante la cual se aprobaron los formularios oficiales de nómina de candidatos/as, aceptación de cargos y declaraciones juradas para senadores/as, diputados/as provinciales y concejales departamentales, estableciendo los procedimientos de adquisición, presentación y validación de las listas conforme al Reglamento Electoral del Frente y al cronograma aprobado.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del cronograma electoral y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento Electoral del Frente “Peronismo de Mendoza”, se ha recepcionado la documentación correspondiente a la Lista denominada “Encuentro Peronista”, postulante a participar en las elecciones internas del día 10 de agosto de 2025, para la selección de candidatos/as senadores/as y diputados/as provinciales para las cuatro secciones electorales y concejales municipales de los Departamentos de Capital, Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, Godoy Cruz, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, San Rafael, General Alvear y Malargüe, para las elecciones generales.
Que la presentación se realizó en debida forma, habiendo la lista presentado: Formulario oficial de candidatos/as titulares y suplentes; Copia escaneada del Documento Nacional de Identidad de cada candidato/a; Formularios individuales de aceptación de cargo y declaraciones juradas; Planilla de avales en formato Excel, conforme al mínimo del 3% de afiliados del Frente.
Que la lista referida se encuentra exhibida desde las 21:00 hs. del día 23/07/2025 en https://pjmendoza.org tal como manda el Reglamento, no habiendo sido impugnada.
Que se ha verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitución Nacional, en la Ley de los Partidos Políticos, el Código Electoral Nacional, Ley 24.012, Ley Nº 26.571, y leyes electorales; en cuanto a las calidades necesarias para cada uno de los candidatos de la lista referida, por lo que corresponde oficializar la lista para participar en las elecciones internas partidarias a realizarse el día domingo 10 de agosto de 2025.
Que la Junta Electoral del Frente “Peronismo de Mendoza” controló la totalidad de la documentación presentada en tiempo oportuno de conformidad con los plazos consignados en el cronograma electoral que se estableció para tal acto, habiendo constatado el cumplimiento de la normativa y reglamentación vigente;
Que no se verificaron impugnaciones ni observaciones sobre la calidad de los candidatos y candidatas, por lo que se oficializaron las listas.
Que la Junta Electoral del Frente “Peronismo de Mendoza” ejerce las funciones y facultades que le otorgan la Ley 26.571, modificatorias y concordantes y sus Decretos Reglamentarios, encontrándose facultada a adoptar las medidas y dictar las normas pertinentes al efecto establecido en la legislación vigente:
Que la Junta Electoral del Frente notifica sus resoluciones de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 de la Ley 26571 por publicación en su sitio web www.pjmemdoza.org.
Que sobre la base de los fundamentos expuestos precedentemente esta Junta procede a dictar resolución acerca de la admisión de oficialización de la Lista de candidatos de las listas que en la parte resolutiva de la presente resolución se detallan;
Que sobre la base de los fundamentos expuestos precedentemente esta Junta procedió a dictar resolución acerca de la oficialización de la Lista de precandidatos de las listas que en la parte resolutiva de la presente resolución se detallan.
Que se ha verificado el cumpliendo con todos los requisitos legales y reglamentarios exigidos, habiendo constatado además el cumplimiento de
Que la Secretaria Electoral ha emitido resolutivo el 07/08/2025 el que dispuso tener presente el cambio de nombre , conforme adoptado por la alianza de autos ‘FUERZA JUSTICIALISTA MENDOZA’ Resolución Nº 03/2025 de fecha 06 de agosto del corriente, acompañada a fs. 261/263 del Expte. N°711/2025 CNE.
Que, en la fecha indicada, el acto electoral se desarrolló en los términos establecidos por el Reglamento Electoral vigente y la convocatoria aprobada por este Cuerpo.
Que, en el horario previsto, se constituyeron todas las mesas receptoras de votos en los centros de votación designados, ubicados en los establecimientos escolares habilitados a tal fin, con la presencia de las autoridades de mesa correspondientes.
Que, de acuerdo a lo previsto, los Delegados de Junta Electoral, debidamente designados mediante Resolución N.º 52, hicieron entrega a cada presidente/a de mesa del material electoral completo (urnas, padrones, boletas, sobres y demás elementos), lo que consta en las actas de entrega suscriptas por las partes intervinientes.
Que, en cada mesa se labraron las respectivas actas de apertura, firmadas por el/la presidente/a de mesa y por los fiscales presentes, dando inicio formal al comicio.
Que, finalizada la jornada electoral, los presidentes/as procedieron a completar las actas de cierre y de escrutinio provisorio, consignando la totalidad de los datos exigidos por la normativa, según consta en la documentación remitida a esta Junta.
Que, cumpliendo con las medidas de seguridad establecidas, se introdujeron dentro de cada urna los padrones utilizados, las actas de apertura, cierre y escrutinio, un juego de boletas testigo y un sobre conteniendo las actas firmadas, procediendo luego al cierre de la urna mediante faja de seguridad suscripta por el/la presidente/a de mesa y los fiscales, asegurando así la inviolabilidad del material.
Que, asimismo, se colocó el acta de escrutinio y cierre en un sobre especial fuera de la urna, debidamente cerrado y firmado, conforme protocolo.
Que, tanto las urnas como los sobres fueron entregados por los presidentes/as de mesa a los Delegados de Junta Electoral designados, quienes, bajo custodia y en presencia de apoderados/as de listas y personal policial, procedieron a su traslado a la sede partidaria, donde permanecieron resguardados hasta el inicio del escrutinio definitivo.
Que, en fecha once (11) de agosto de 2025 a las 17:00 horas, y con notificación previa a los apoderados de listas, se dio comienzo al escrutinio definitivo, efectuado por la Junta Electoral en presencia de los/as apoderados/as y fiscales que desearon asistir, garantizando la transparencia y legalidad del procedimiento.
Que por Resolución N°53 se aprobó el escrutinio definitivo de las elecciones internas abiertas realizadas el día 10 de agosto de 2025 en los Departamentos de Capital, Las Heras, Guaymallén, San Martín y Junín, cuyos resultados generales y departamentales. Del mismo surge que LISTA 7 TERRITORIALES POR JUNIN total de 486 votos, la LISTA 10 ENCUENTRO PERONISTA con un total de 748 votos, blancos 6 y nulos 2, total de votos emitidos 1242. Resultando en primer lugar la LISTA 10 ENCUENTRO PERONISTA con un total de 748 votos que representa el 60,23%, resultando en segundo lugar la LISTA 7 TERRITORIALES POR JUNÍN con un total de 486 votos que representa el 39,13%.
Que de acuerdo a la cláusula décima del acta acuerdo del frente, para la conformación final de la lista el ordenamiento de las candidaturas se realizará considerando elegidos por la mayoría todos los integrantes de la lista que haya obtenido el mayor número de sufragios, siempre que la minoría no haya alcanzado el veinticinco por ciento (25%) de los votos válidos emitidos en el distrito de que se trate, considerando los votos válidos totales emitidos obtenidos por todas las listas internas. Si compitiera más de una lista, se considerará que ha obtenido minoría sólo aquella lista que haya obtenido el mayor número de sufragios, de aquellas que hayan superado el veinticinco por ciento (25%) de los votos válidos emitidos. Cuando la lista minoritaria haya alcanzado el veinticinco por ciento de los votos válidos emitidos, la colocación de los candidatos/as será en el siguiente orden: el primero y segundo puesto corresponderá al primer y segundo candidato/a de la lista mayoritaria; el tercero para el primero de la minoría; cuarto y quinto para el tercero y cuarto de la mayoría; y así sucesivamente en orden decreciente hasta la integración del total de la lista. Los cargos de suplentes serán llenados por los candidatos de las listas, ordenándose de acuerdo al mismo procedimiento. A fin de respetar la paridad de género prevista en la ley 8619 modificada por ley 9100, se adecuará la colocación con la/el candidata/o siguiente de la misma lista en caso de ser necesario.
Por ello, y existiendo lista en minoría, y habiendo controlado el cumplimiento de los requisitos legales, corresponde a esta Junta Electoral, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento Electoral del Frente y la Ley 26.571, proclamar como candidatos/as a concejales departamentales por el Departamento de Guaymallén, en representación del FRENTE “FUERZA JUSTICIALISTA MENDOZA”, para las elecciones generales a celebrarse el día 26 de octubre de 2025;
FRENTE “FUERZA JUSTICIALISTA MENDOZA”
JUNTA ELECTORAL JUNÍN
RESOLUCIÓN N.º 58/2025
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Proclámase como candidatos/as titulares y suplentes a concejales departamentales por el Departamento de Junín, en representación del FRENTE “FUERZA JUSTICIALISTA MENDOZA” a saber:
TITULARES
TÉRMINO
APELLIDO Y NOMBRE
DOC. DE IDENTIDAD
1°
VARGAS, EMILIANO JESÚS
38187170
2°
CORIA, MILAGROS ALEJANDRA
47151356
3°
SOSA, LOURDES
28.690.824
4°
VERA, GASTÓN ARIEL
24383398
5°
PONCE, PAOLA NATALIA
25789593
SUPLENTES
TÉRMINO
APELLIDO Y NOMBRE
DOC. DE IDENTIDAD
1°
GOMEZ, HUGO ALEJANDRO
22268833
2°
DÍAZ ANA MARÍA
6215493
3°
ÁVILA, GUILLERMO JAVIER
25298542
ARTÍCULO 2°: Hágase saber que la presente proclamación surte efectos a todos los fines legales y electorales, en el marco del proceso electoral municipal convocado para el día 26 de octubre de 2025.
ARTICULO 3°. Remítase copia de la presente Resolución a la Honorable Junta Electoral Provincial para su toma de conocimiento.
ARTÍCULO 4: Notifíquese la presente Resolución a todos los interesados mediante su publicación en el sitio www.pjmendoza.org, archívese por Secretaría Administrativa.