RESOLUCION Nº 16 /25
VISTO:
Lo resuelto por el Congreso Extraordinario del Partido Justicialista de Mendoza en fecha 29 de noviembre de 2025, mediante el cual se aprobó la reforma de la Carta Orgánica Partidaria aplicable a los comicios convocados para febrero de 2026.
CONSIDERANDO:
Que en fecha 29 de noviembre de 2025 el Congreso Extraordinario del Partido Justicialista de Mendoza aprobó la reforma de la Carta Orgánica Partidaria, introduciendo modificaciones en las Cláusulas Transitorias y estableciendo un nuevo Sistema de Elección de candidatos para elecciones de candidatos para los comicios municipales convocados para febrero de 2026.
Que, mediante Resolución N° 3 de la Junta Electoral Partidaria, de fecha 9 de diciembre de 2025, se aprobó el Reglamento Electoral aplicable al proceso de selección de candidatas y candidatos municipales para los comicios convocados para el mes de febrero de 2026, instrumento elaborado en cumplimiento de lo dispuesto por el Congreso Partidario Provincial y por las Cláusulas Transitorias de la Carta Orgánica Partidaria, a fin de dotar al proceso electoral interno de un marco normativo claro, ordenado y acorde a la excepcionalidad del régimen vigente.
Que, en resguardo de los principios de publicidad, transparencia y certeza normativa, se dispuso la publicación íntegra del Reglamento Electoral aprobado, así como de los padrones correspondientes, en los medios oficiales del Partido Justicialista de Mendoza, garantizando su plena vigencia, conocimiento general y observancia obligatoria por parte de todas las personas y órganos partidarios intervinientes en el proceso.
Que, asimismo, se aprobó el Cronograma Electoral que regula las distintas etapas, plazos y vencimientos del proceso de selección de candidatas y candidatos municipales para los comicios de febrero de 2026, estableciendo una planificación precisa que permita arribar en tiempo y forma al día 20 de diciembre de 2025, fecha en la cual el Congreso Partidario Provincial deberá considerar y ratificar el acto electoral llevado adelante por el Colegio Electoral, integrando dicho cronograma como Anexo II de la resolución.
Que, a efectos de unificar criterios, asegurar igualdad de condiciones y facilitar el control del cumplimiento de los requisitos formales, se aprobaron los Formularios Oficiales de Presentación de Listas y Candidaturas, de uso obligatorio en el proceso electoral interno, incorporados como Anexo III de la resolución, disponiéndose su publicación y puesta a disposición de los apoderados y autoridades partidarias a través de los medios oficiales.
Que, finalmente, se estableció de manera expresa que la selección de candidatas y candidatos municipales para las elecciones de febrero de 2026 será realizada exclusivamente por la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial, reunida en Colegio Electoral, bajo la dirección de la Junta Electoral Partidaria y con elevación del acto electoral ad referendum del Congreso Partidario Provincial, delimitando con claridad las competencias de los órganos intervinientes y excluyendo la participación de los Consejos Departamentales en cualquier instancia del proceso, a fin de preservar el orden institucional y evitar superposiciones de atribuciones.
Que, se dejó expresa constancia que el 15/12/2025, siendo las 14:08 ingresó correo electrónico desde el mail unidadsanrafael.pj@gmail.com correspondiente a la lista departamental para ELECCIONES INTERNAS CANDIDATOS Y CANDIDATAS MUNICIPALES 2026 Y CONGRESALES CONSTITUYENTES: “UNIDAD SAN RAFAEL” por el departamento de SAN RAFAEL en archivos PDF adjuntos y que se descargan: SOLICITUD DE OFICILIZACIÓN DE LISTA, FORMULARIOS OFICIALES y CONSTANCIA DE ADQUISICIÓN con ACEPTACIONES DE CARGO Y DECLARACIONES JURADAS DE TODOS LOS CANDIDATOS, CON COPIA DE DNI, Y LISTA CONGRESALES CONSTITUYENTES, DECLARACIONES JURADA, AUTORIZACIÓN DE DESCUENTO; PLANILLA AVALES AFILIADOS y PLANILLA AVALES CONGRESALES.
Que la Junta procedió a la exhibición de las listas, poniendo toda la documentación a disposición en la sede partidaria desde las 14.30 y hasta las 20.45 hs del día 15/12/2025. Que la lista referida no recibió ninguna impugnación.
Que, con fecha 16 de diciembre de 2025, a las 18:28 hs, se recibió en la casilla de correo electrónico oficial de esta Junta Electoral Partidaria un mensaje remitido por la lista “Unidad San Rafael”, mediante el cual se informaron subsanaciones efectuadas respecto de la nómina de concejales titulares, específicamente desde el tercer (3°) al sexto (6°) lugar, acompañándose la documentación correspondiente consistente en renuncias, aceptaciones de cargo y demás requisitos exigidos por el Reglamento Electoral, quedando las mismas incorporadas a las actuaciones para su análisis y consideración.
Que, asimismo, con fecha 16 de diciembre de 2025, se recibieron en la casilla de correo electrónico oficial de esta Junta Electoral Partidaria las subsanaciones presentadas por la lista “Unidad San Rafael” correspondientes a la categoría de constituyentes, acompañándose la documentación exigida por el Reglamento Electoral, consistente en renuncias, aceptaciones de cargo y demás recaudos formales, quedando dichas presentaciones incorporadas a las actuaciones para su análisis y consideración.
Que, dichas modificaciones consistieron en la presentación de renuncias a determinados cargos titulares y suplentes de la lista, así como en la designación de nuevas personas para ocupar los lugares vacantes, adjuntándose en todos los casos las renuncias, aceptaciones de cargo, declaraciones juradas de veracidad y copias de los documentos de identidad exigidos por el Reglamento Electoral, en cumplimiento de los requisitos formales establecidos, quedando la documentación incorporada a las actuaciones para su análisis y consideración por parte de esta Junta Electoral.
Que, las modificaciones informadas por la lista fueron efectuadas dentro del período de subsanación previsto en el Reglamento Electoral y en el Cronograma vigente, razón por la cual resultan formalmente válidas y admisibles, al haber sido presentadas en tiempo oportuno y con cumplimiento de los recaudos establecidos para la corrección y adecuación de las listas.
Que, si bien el Reglamento Electoral establece como requisito la presentación del certificado vigente de antecedentes penales de cada candidata y candidato, emitido por el organismo competente conforme a la legislación vigente, corresponde tener por cumplida dicha exigencia respecto de todas las listas presentadas, en virtud de que la tramitación y obtención de los certificados será realizada de manera centralizada a través de la Junta Electoral Provincial.
Que el Reglamento establece con carácter obligatorio la presentación íntegra de la documentación exigida, en la forma, plazos y condiciones dispuestas por el cronograma electoral.
Que el Reglamento impone la obligación de acompañar los formularios oficiales debidamente cumplimentados, con firmas, datos y adhesiones que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos legales, formales y estatutarios, lo cual fue debidamente completado por la lista.
Que la lista ha dado cumplimiento con la presentación de toda la documentación requerida en reglamento y resoluciones, habiendo adjuntado los formularios, aceptaciones y declaraciones juradas, como así también los avales requeridos.
Que sobre la base de los fundamentos expuestos precedentemente esta Junta procede a dictar resolución acerca de la oficialización de la Lista de precandidatos de las listas que en la parte resolutiva de la presente resolución se detallan.
Por ello y en uso de sus facultades;
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
ARTICULO 1º: OFICIALIZAR la lista de candidatos “UNIDAD SAN RAFAEL”, para las elecciones internas para elegir a los candidatos/as a concejales municipales del congresales constituyentes en el Departamento de San Rafael, en representación del Partido Justicialista para las elecciones municipales convocados para el mes de febrero del año 2026, de conformidad a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente disposición:
PRE CANDIDATOS A CONCEJALES
DEPARTAMENTALES SAN RAFAEL
TITULARES
| Término | APELLIDO | NOMBRE | DNI |
| Primero | PERDIGUES | Francisco | 30019535 |
| Segundo | INDIVERI | Sol | 43354260 |
| Tercero | LUCERO | MARIA ANABEL | 33171424 |
| Cuarto | CORREA | Alejandro Antonio | 21377646 |
| Quinto | FERNANDEZ | Luciana Agostina | 45714868 |
| Sexto | GASSMANN | Juan José | 17788202 |
SUPLENTES
| Término | APELLIDO | NOMBRE | DNI |
| Primero | SALINAS | Dora | 14993875 |
| Segundo | GOMEZ | Germán Gerardo | 33463822 |
| Tercero | ROSA | Peralta | 28415024 |
PRE CANDIDATOS A CONGRESALES CONSTITUYENTES
DEPARTAMENTALES SAN RAFAEL
TITULARES
| APELLIDO | NOMBRE | DNI |
| FELIX | Emir Roberto | 16836837 |
| DA DALT | Cristina | 23901275 |
| JURI STICCA | Alfredo Luis | 24474831 |
| PRONOTTO | Matilde Noemi Lourdes | 20949569 |
| SERRANO | Marcelo Darío | 20291889 |
| FUENTES | Paula | 28469355 |
| PELAYES | Danilo Alejandro Fabian | 30542444 |
| GIL | Sara | 6510303 |
| ALZAA | Alberto | 14297202 |
| BORDON | Carina | 22736665 |
| FERNANDEZ | Juan | 26128798 |
| TORRES | Magdalena Pamela | 28733667 |
| VAZQUEZ | Juan Ángel | 32838814 |
| RUIZ | Roxana | 29053423 |
| CAMPI | Paulo | 22736820 |
| SOTELO | María Paz | 37623344 |
| GONZALEZ | Gustavo | 22093909 |
| ZARATE | Patricia | 22716728 |
| VILURON | Matias | 39239173 |
| KRUETZFELDZ | Cinthia Daiana | 34170024 |
| CAMARA | Mariano | 28740194 |
| MARTINEZ | Maria Eugenia | 27402006 |
| MAUNAS | Carlos Alberto | 10980032 |
| MATTACOTA | Andrea Beatriz | 21807833 |
SUPLENTES
| APELLIDO | NOMBRE | DNI |
| CORRA | Alejandro | 21377646 |
| AUGUSTO | Paula | 31465997 |
| GASSMANN | Juan | 17788202 |
| MUÑOZ | Claudia Rosana Elizabeth | 21078395 |
| ANTEQUERA | Manuel Esteban | 32932073 |
| JULIAN | Miriam Jael | 31466163 |
| GUILLEN | Carlos | 21376656 |
| BAJBUJ | Alejandra | 23067083 |
| RETA | Jorge Martin | 25151901 |
| FERNANDEZ | Luciana Agostina | 45714868 |
| MARTINEZ | Jorge Gabriel | 35878448 |
| MOLINA | Mariana | 23067435 |
ARTICULO 2°: Notifíquese la presente Resolución a la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial, y a todos los interesados mediante su publicación en el sitio www.pjmendoza.org, archívese por Secretaría Administrativa.
ARTICULO 3°: Remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Electoral Federal y a la Junta Electoral Provincial para su toma de conocimiento.
ARTÍCULO 4º: De forma.-
