RESOLUCION Nº 17 /25
VISTO:
El Reglamento y Cronograma Electoral;
CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones N.º 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 esta Junta Electoral procedió a la oficialización de las listas oportunamente presentadas, habiéndose verificado en cada caso su integridad y adecuación a las disposiciones del Reglamento vigente, luego de la revisión exhaustiva de la totalidad de la documentación acompañada.
Que el Reglamento impone la obligación de presentar los formularios oficiales debidamente cumplimentados, con las firmas, datos personales y adhesiones necesarias a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos legales, formales y estatutarios, extremos que han sido debidamente acreditados por las listas.
Que las listas han dado cumplimiento íntegro a la presentación de la documentación exigida por el Reglamento y por las Resoluciones dictadas por esta Junta, acompañando los formularios correspondientes, las aceptaciones de candidatura, las declaraciones juradas y los avales requeridos.
Que las Resoluciones de oficialización fueron publicadas a las 24:00 horas del día 16/12/2025 en la página oficial del Partido, conforme lo dispuesto por el Reglamento Electoral vigente.
Que habiendo vencido a las 12:00 horas del día 17/12/2025 el plazo establecido en el Cronograma aprobado por Resolución N°3/2025 para interponer recursos contra la oficialización de listas, no se recibió impugnación alguna dentro del término previsto.
Que, en consecuencia, las resoluciones de oficialización dictadas por esta Junta Electoral han quedado firmes y consentidas.
Conforme lo dispone el inciso c) del artículo 88 de las Cláusulas Transitorias de la Carta Orgánica Partidaria, según las modificaciones aprobadas por el Congreso Partidario Provincial en fecha 29 de noviembre de 2025, la Junta Electoral procede a remitir las listas oficializadas al Colegio Electoral, el cual deberá expedirse mediante su votación, de conformidad con la reglamentación vigente.
Por ello y en uso de sus facultades;
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
ARTICULO 1º: Tener por firmes y consentidas las Resoluciones N.º 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, mediante las cuales se procedió a la oficialización de las listas oportunamente presentadas, en virtud de no haberse interpuesto impugnación alguna dentro del plazo reglamentario.
ARTICULO 2°: Disponer la remisión de las listas oficializadas a la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial, a los fines de que proceda a su consideración y votación, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 88 de las Cláusulas Transitorias de la Carta Orgánica Partidaria, según las modificaciones aprobadas por el Congreso Partidario Provincial en fecha 29 de noviembre de 2025, y conforme la reglamentación vigente.
ARTICULO 3°: Notifíquese la presente Resolución al Consejo Provincial, y a todos los interesados mediante su publicación en el sitio www.pjmendoza.org, archívese por Secretaría Administrativa.
ARTICULO 4°: Remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Electoral Federal y a la Junta Electoral Provincial para su toma de conocimiento.
ARTÍCULO 5º: De forma.-
