RESOLUCION Nº 03 /25
Mendoza 09 de Diciembre del 2025 Junta Electoral
VISTO:
Lo resuelto por el Congreso Extraordinario del Partido Justicialista de Mendoza en fecha 29 de noviembre de 2025, mediante el cual se aprobó la reforma de la Carta Orgánica Partidaria aplicable a los comicios convocados para febrero de 2026; y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 29 de noviembre de 2025 el Congreso Extraordinario del Partido Justicialista de Mendoza aprobó la reforma de la Carta Orgánica Partidaria, introduciendo modificaciones en las Cláusulas Transitorias y estableciendo un nuevo Sistema de Elección de candidatos para elecciones de candidatos para los comicios municipales convocados para febrero de 2026.
Que resulta necesario aprobar un Reglamento Electoral que regule el procedimiento de selección de candidatos y candidatas del Partido Justicialista de Mendoza para los comicios municipales convocados para el mes de febrero del año 2026, en el marco de lo dispuesto por la Carta Orgánica Partidaria y las Cláusulas Transitorias aprobadas por el Congreso Partidario Provincial.
Que dicho reglamento establece que la Junta Electoral Partidaria será la autoridad de aplicación del proceso, estando facultada para dictar todas las resoluciones ordenativas necesarias para su correcta ejecución, determinar fechas, formas y vencimientos, y realizar las modificaciones, cuando razones operativas o institucionales así lo requieran.
Que, a los fines de garantizar la correcta implementación del procedimiento electoral previsto y asegurar que el Congreso Partidario Provincial pueda ejercer su facultad de ratificación en la fecha establecida, resulta indispensable aprobar un Cronograma Electoral que ordene las etapas del proceso y permita arribar en tiempo y forma al día 20 de diciembre de 2025, fecha en la que dicho Congreso deberá considerar y ratificar las propuestas de candidaturas surgidas del mecanismo adoptado.
Que corresponde asimismo dejar expresamente establecido que, conforme a la resolución del Congreso Partidario Provincial, la selección de candidatas y candidatos municipales para las elecciones de febrero de 2026 será realizada exclusivamente por el Consejo Provincial, a través de su Mesa Ejecutiva, actuando como Colegio Electoral, bajo la dirección y supervisión de esta Junta Electoral Partidaria, y que el acto eleccionario resultante será elevado ad referendum del Congreso Partidario Provincial para su aprobación y proclamación de candidatas y candidatos.
Que, en resguardo del orden institucional y a efectos de evitar confusiones o superposiciones de competencias, corresponde aclarar de manera expresa que los Consejos Departamentales no intervendrán en ninguna instancia del presente proceso electoral, en cumplimiento estricto de lo dispuesto por el Congreso Partidario Provincial.
Se deja constancia que, sin perjuicio de la existencia y constatación del quorum requerido para sesionar, deliberar y resolver de la presente reunión, un miembro de la Junta, compañero Pablo Cabrera participa de la presente reunión mediante la utilización de plataforma de transmisión en simultáneo de video y audio, emitiendo la respectiva opinión y votación, lo que torna innecesaria su firma. Se encuentran presentes y suscriben los siguientes miembros. Agostina Cano; Lucila Natalia Castro; Soledad Benegas y los compañeros Carlos Blanco; Alejandro Mosci, Federico Moreno y Emmanuel Romero. Todos ellos, luego de una libre deliberación e intercambio de ideas los miembros presentes de la Junta proceden a la votación, la que arrojo el siguiente resultado:
Pablo Cabrera: afirmativo
Agostina Cano: afirmativo
Lucila Natalia Castro: afirmativo
Soledad Benegas: afirmativo
Federico Moreno: afirmativo
Alejandro Mosci: afirmativo
Carlos Blanco: negativo.
Emmanuel Romero: afirmativo.
Sin más temas que tratar, se da por finalizado el acto, el que previa lectura y ratificación asienten los comparecientes.
Por ello y en uso de sus facultades;
LA JUNTA ELECTORAL del PARTIDO JUSTICIALISTA
RESUELVE
Artículo 1º: Aprobar el Reglamento Electoral, para la selección de candidatos y candidatas municipales correspondiente a los comicios convocados para el mes de febrero de 2026, elaborado en cumplimiento de lo dispuesto por el Congreso Partidario Provincial y las Cláusulas Transitorias de la Carta Orgánica Partidaria.
Artículo 2º: Disponer la publicación íntegra del Reglamento Electoral aprobado por el artículo precedente, y padrones aprobados en los medios oficiales del Partido Justicialista de Mendoza, a fin de garantizar su publicidad, vigencia y observancia obligatoria.
Artículo 3°: Aprobar el Cronograma Electoral correspondiente al proceso de selección de candidatos y candidatas municipales para los comicios de febrero de 2026, el cual establece las etapas, vencimientos y plazos operativos necesarios para arribar en tiempo y forma al día 20 de diciembre de 2025, fecha en la que el Congreso Partidario Provincial deberá considerar y ratificar el acto electoral del Colegio Electoral. El Cronograma aprobado obra como Anexo II de la presente resolución y forma parte integrante de la misma.
Artículo 4°: Aprobar los Formularios Oficiales de Presentación de Listas y Candidaturas que deberán utilizarse obligatoriamente en el proceso de selección de candidatos y candidatas municipales para los comicios de febrero de 2026, los cuales se incorporan a la presente resolución como Anexo III y forman parte integrante de la misma. La Junta Electoral Partidaria dispondrá su publicación y pondrá dichos formularios a disposición de los apoderados y autoridades partidarias a través de los medios oficiales.
Artículo 5°: Establecer que la selección de candidatas y candidatos municipales para las elecciones de febrero de 2026 será realizada exclusivamente por la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial, reunido en Colegio Electoral, bajo dirección de esta Junta Electoral Partidaria, y será elevada ad referendum del Congreso Partidario Provincial, por lo que los Consejos Departamentales no intervendrán en ninguna instancia del proceso electoral.
Artículo 6°: Publíquese el mismo en la página web de la Junta Electoral a los fines de su publicidad y difusión.-
